
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
CONCIERTOS
|
TALLERES
|
CONCIERTOS
|
TALLERES Y CONFERENCIAS
|
CONCIERTOS
|
TALLERES Y CONFERENCIAS
|
CONCIERTOS
|
TALLERES Y CONFERENCIAS
|
CONCIERTOS
|
TALLERES Y CONFERENCIAS
|
CONCIERTOS
|
TALLERES
|
CONCIERTOS
|
TALLERES
|
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
PROGRAMACION DE TALLERES Y CONFERENCIAS PARALELAS |
| TALLER DE PERCUSIÓN Maestro: Laurent Vieble (Francia) Del 3 al 15 de Abril de 2.006 |
CONFERENCIA DE APRECIACIÓN MUSICAL Maestro: Mario Gómez Vignes Del 10 al 13 de Abril de 2.006 |
| TALLER DE TÉCNICA VOCAL Maestra: Janeth López Del 6 al 12 de Abril de 2.006 |
TALLER DE TÉCNICA ALEXANDER Maestro: Bobby Rossemberg Del 10 al 14 de Abril de 2.006 |
CORPORACION FESTIVAL DE MUSICA RELIGIOSA
1964 - 2006
|
El Festival de Música Religiosa de Popayán es un evento que nace en 1964 con el objetivo de complementar las tradicionales procesiones religiosas de la Semana Santa en Popayán. Desde esa fecha y de manera ininterrumpida el Festival se ha realizado anualmente, completando a la fecha 42 versiones.
Su realización continua, sumada a la especial atención y tratamiento que se ha dado al fomento de actividades musicales, cada vez de mayor nivel, le han convertido en referente obligado para los músicos, compositores y directores tanto colombianos como de la Región. Hacer parte del Festival de Música Religiosa de Popayán es hoy un proyecto al que le apuntan los músicos, como parte esencial de su crecimiento profesional. Su trayectoria lo ha convertido en el tercer Festival de Música más antiguo del mundo, y el más importante de América Latina. Inclusive en nuestro país fue reconocido como Patrimonio Cultural de la Nación mediante la Ley 891 de 2004. El Festival de Música Religiosa ha trabajado por fomentar la formación y la práctica musical, y por ampliar las posibilidades de conocimiento y disfrute de la música para la población. En esa medida, realiza conciertos populares que se han convertido en espacios de expresión y convivencia, siendo de paso un primer acercamiento de diferentes comunidades del sur-occidente del país a niveles básicos de formación musical, pues las presentaciones suelen ir acompañadas de talleres de formación. Son precisamente estos motivos los que convierten en necesidad la realización de una edición especial del Festival a propósito de los 450 años de las tradicionales procesiones de Semana Santa en la capital del Cauca, que fortalezca el acercamiento de las comunidades a la apreciación musical y que abra nuevos espacios de formación a los jóvenes talentos del sur-occidente del país. Nuestro objetivo, es acercar las comunidades a la práctica y el disfrute de la música mediante la realización de talleres de formación y apreciación; y ampliar la oferta de conciertos, de manera que se fortalezcan los procesos de socialización de la actividad musical. |
LEY 891
|
DIARIO OFICIAL 45 602 LEY 891- 07 07 2004 por la cual se declara Patrimonio Cultural Nacional las Procesiones de Semana Santa y el Festival de Música Religiosa de Popayán departamento del Cauca se declara monumento Nacional un inmueble urbano se hace un reconocimiento y se dictan otras disposiciones.
LEY 891 DE 2004 PODER PÚBLICO - RAMA LEGISLATIVA Por la cual se declara Patrimonio Cultural Nacional las Procesiones de Semana Santa y el Festival de Música Religiosa de Popayán, departamento del Cauca, se declara monumento Nacional un inmueble urbano, se hace un reconocimiento y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia DECRETA: ARTÍCULO 1o. Declárese patrimonio cultural nacional de Colombia las Procesiones de Semana Santa y el Festival de Música Religiosa de Popayán, capital del departamento del Cauca. ARTÍCULO 2o. Declárese monumento nacional y parte del patrimonio cultural de Colombia el Inmueble distinguido en la nomenclatura urbana de la ciudad de Popayán, departamento del Cauca, con el número 4-51 de la calle 5a., el cual se destinará exclusivamente para actividades directamente relacionadas con las Procesiones de Semana Santa de Popayán.
ARTÍCULO 3o. Reconózcase, a través de la Junta Permanente Pro Semana Santa de Popayán, y previo concepto del Ministerio de Cultura, a los creadores, gestores y promotores de las tradiciones culturales de las Procesiones de Semana Santa y del Festival de Música Religiosa de Popayán, los estímulos mencionados en el artículo 18 de la Ley 397 de 1997.
El Presidente del honorable Senado de la República,ARTÍCULO 4o. A partir de la vigencia de la presente ley las administraciones nacional, departamental del Cauca y municipal de Popayán estarán autorizadas para asignar partidas presupuestales en sus respectivos presupuestos anuales, destinadas a cumplir los objetivos planteados en la presente ley. El Gobierno Nacional queda autorizado para impulsar y apoyar ante los Fondos de cofinanciación y otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, la obtención de recursos económicos adicionales o complementarios a las que se autorizaren apropiar en el Presupuesto General de la Nación de cada vigencia fiscal, destinadas al objeto que se refiere la presente ley. PARÁGRAFO. Las apropiaciones autorizadas dentro del Presupuesto General de la Nación, deberán contar para su ejecución con programas y proyectos de inversión. ARTÍCULO 5o. La presente ley rige a partir de su sanción.
GERMÁN VARGAS LLERAS.
El Secretario General del honorable Senado de la República, ALONSO ACOSTA OSIO.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y cúmplase. ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Cultura |